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Cancelación de la hipoteca


Cancelación de la hipotecaCuando por fin hemos logrado pagar nuestro préstamo hipotecario se produce lo que se llama la “cancelacion financiera” de la hipoteca. Esta cancelación puede darse por que ya han vencido todas las cuotas pagadas o porque hemos liquidado todo el importe de la hipoteca de forma anticipada. En este momento es necesario quitar la carga que existía en el Registro de la Propiedad a favor de la Entidad financiera. Al retirarla, nuestra propiedad estará libre de cargas. A esta retirada de cargas se le llama “cancelacion de hipoteca definitiva” o “cancelacion registral de hipoteca”.

Los pasos a seguir son los siguientes:
Primeramente debemos solicitarle al banco o caja de ahorros en la que tengamos la hipoteca que nos firme la correspondiente “cancelación registral de hipoteca” mediante notario.Ésta conllevará unos gastos por extender la Escritura de Cancelación de la carga hipotecaria sobre nuestra vivienda.

La escritura original, que recogeremos en el notario, deberemos llevarla a la oficina de hacienda de nuestra comunidad autónoma para liquidar el impuesto correspondiente. Y ya con la escritura original y el justificante de la presentación para el impuesto, iremos al Registro de la Propiedad, quien en dos meses aproximadamente nos devolverá la escritura con la anotación de que está dada de baja definitivamente nuestra hipoteca. Es recomendable que tras haber realizado los pasos anteriormente explicados solicitemos una nueva Nota simple en el Registro de la Propiedad para certificar que no existen otras cargas sobre nuestra vivienda.

La cancelación de la hipoteca tiene unos gastos: gastos de notaría (el notario debe dar fe de la cancelación de la deuda ante las partes), gastos de registro (es el trámite de inscripción de la cancelación en el registro de la propiedad. Este trámite es necesario para que desaparezca la carga), una comisión por cancelación total (esta comisión se aplicará únicamente cuando la cancelación de la hipoteca se hace anticipadamente. Se pagará la parte pactada en el contrato de la hipoteca) y gasto de gestoría (que es la que tramita la cancelación).



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