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Hipotecas sin aval


Hipotecas sin avalActualmente hay entidades financieras que conceden cantidades superiores al 80% del valor de tasación de la vivienda que se quiere comprar. Esto antes no se concedía nunca. El solicitante debía contar con al menos el 20% del valor de tasación, pero el encarecimiento de las viviendas y de la vida en general ha provocado esta situación.

Cada vez son más las personas que se ven obligadas a solicitar más de un 80% del valor de tasación. En estos casos las entidades financieras exigen un avalista que responda con sus propiedades (sus propiedades son el aval) en caso de que el prestataria no pueda hacer frente a los pagos. Pero no siempre se exige este aval. De hecho, cada vez son más los bancos que conceden hipotecas de más del 80% del valor de tasación sin aval. Lo cual no quiere decir que tomen excesivos riesgos.

Y es que a cambio del aval, lo que hacen las entidades financieras es obligar al cliente a contratar un seguro que cubra el posible impago de las cuotas. De esta manera las cuotas mensuales del prestatario se compondrán de tres pagos sumados: el principal, los intereses y la cuota seguro. Como puedes adivinar, estas tres cosas sumadas dan como resultado una alta letra. Por ello los plazos de amortización que ofrecen son amplios (incluso más de 40 años), para hacer que los pagos sean más asequibles.

De todas maneras las hipotecas sin aval no son productos específicos generalizados en las entidades bancarias. Como ya hemos dicho el banco no quiere asumir riesgos por lo que aunque se cuente con el seguro y la propiedad como garantías, se estudia cada caso concreto y se revisan sus particularidades.



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